¿ Es usted un motociclista y es moroso? ¡Cuidado!
Los conductores de motocicletas deberán ponerse al día en sus multas por comparendos de tránsito, pues la Corte Constitucional respaldó el aparte del Código Nacional de Tránsito que establece que a los conductores de moto se les puede inmovilizar su vehículo cuando estos presenten mora en sus pagos.
A juicio de los demandantes, la medida quebranta los derechos a la libertad de locomoción y al trabajo, pues se puede ver comprometido su derecho al mínimo vital. Argumento que fue recogido por el Procurador General de la Nación, que en concepto del mes de julio le pidió a la Corte la inexequibilidad de la disposición.
Sin embargo, en la decisión, el alto tribunal estimó que sin importar si estaba de por medio el sustento del conductor del vehículo automotor, la inmovilización se debía efectuar. Así las cosas, declaró exequible el artículo 131 del citado Código, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 del 2010. Entre otras razones, la corte señaló las siguientes:
La libertad de locomoción no se ve afectada porque esta es restringida solo en función de un vehículo, lo que significa que las personas pueden seguir desplazándose en otro.
El derecho al trabajo tampoco se ve afectado de forma desproporcionada, puesto que la persona puede seguir trabajando en cualquier actividad, incluso puede llegar a conducir algún vehículo.
El principio de igualdad no se ve afectado. La imposición de una sanción más grave a las motos que al resto de automóviles es razonable, pues busca proteger la vida de las personas y estos automotores representan mayor riesgo y peligro que los demás vehículos.
—————
Contacto
Ley para todosCarrera 13 65 - 15
Bucaramanga. Colombia
57
6951470 - 316 496 6139 - 300 653 9954 - 316 683 3036
oosanabria@hotmail.com
